miércoles, 26 de septiembre de 2012

Semana 4... ¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones?

Fuentes
Definición
Fuente Normativa
Delitos
Es un hecho típico, antijurídico y culpable, que produce en la victima un menoscabo en su patrimonio y que debe ser reparado económicamente. Cuando un sujeto comete un delito, siempre se deriva un daño causado en perjuicio de otro sujeto. Este daño que ha sido causado debe ser restituido e indemnizado. La obligación nace en favor del perjudicado y en contra del delincuente, porque tiene que reparar el patrimonio que ha sido disminuido con el delito, es decir, nace una obligación indemnizatoria en favor de la victima.
Código Civil artículos del 1045 al 1048
Cuasi- Delitos
Se diferencia del delito, en la intencionalidad del sujeto activo, ya que el daño resulta de la violación al principio de diligencia por parte del sujeto productor del daño, es decir, sin la intención de producir ese resultado.

Código Civil artículos del 1045 al 1048

Contratos
Es cuando dos o mas personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos. Los contratos obligan, no solamente a lo que se expresa en ellos, sino a todas las consecuencias que pueden considerarse que hubieren sido virtualmente incluidas. El consentimiento debe manifestarse como emisión de una de las partes y como aceptación de la otra y puede ser expreso o tácito.
Código Civil artículos del 1007 al 1044
Cuasi- Contratos
Es el hecho de una persona, permitido por la ley que obliga hacia otra, u obliga a otra persona hacia ella, sin que se lleve a cabo convenciones entre ellas. Se puede decir también, que es un hecho jurídico, licito y no convencional, capaz de originar obligaciones a quien lo ejecuta, o a tercero ajeno a su constitución. Cuando se hace referencia a que el cuasicontrato es voluntario, se trata de distinguir el cuasicontrato de la ley como fuente de obligaciones.
Código Civil artículos del 1007 al 1044
Ley
Un numeroso e importante grupo de autores, reducen todas las fuentes de las obligaciones en una sola que es la ley. Albaladejo sostiene que la ley no es nunca fuente de las obligaciones, sino que es simplemente la que puede crear fuentes, al asignar a los hechos el efecto de producir el nacimiento de ellas. Si se toma a la ley como ordenamiento jurídico, se tiene que decir que todas las obligaciones provienen de la ley, ya que todas emanan de ella y existe una regulación legal para cada una en el Código Civil.

3 comentarios:

  1. Compañera Palmer,

    En cuanto a la Ley, como fuente de obligaciones, y específicamente a su fuente normativa, le comparto algunos ejemplos puntuales del ordenamiento que generan obligaciones:

    § Código de Familia.
    § Ley general de impuesto sobre las ventas.
    § Ley general de impuesto sobre la renta.

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  2. Buenas Noches compañera, me gustaría agregar a tu trabajo en la parte de ''LA LEY'' que como fuente normativa el mismo Código Civil menciona en el artículo 1:

    Fuentes Escritas
    La Constitución
    Los Tratados Internacionales debidamente aprobados, ratificados y publicados.
    La ley: El Código Civil

    Fuentes No Escritas
    La Costumbre y sus usos
    Los Principios Generales del Derecho

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  3. Creo que todos tenemos algo que comentar respecto a la ley, ya que sin ella no hay nada legitimo, es decir, la ley es fuente creadora de obligaciones per se, es de ella que van a salir sus ramas debidamente tipificadas. Cada rama, notese código civil, de familia, laboral, etc, va a tener no solamente su obligación descrita sino también su respectivo castigo.

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