Fuentes
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Definición
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Fuente Normativa
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Delitos
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Es un hecho típico, antijurídico y culpable, que
produce en la victima un menoscabo en su patrimonio y que debe ser reparado
económicamente. Cuando un sujeto comete un delito, siempre se deriva un daño
causado en perjuicio de otro sujeto. Este daño que ha sido causado debe ser
restituido e indemnizado. La obligación nace en favor del perjudicado y en
contra del delincuente, porque tiene que reparar el patrimonio que ha sido
disminuido con el delito, es decir, nace una obligación indemnizatoria en
favor de la victima.
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Código Civil artículos del 1045 al 1048
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Cuasi- Delitos
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Se
diferencia del delito, en la intencionalidad del sujeto activo, ya que el
daño resulta de la violación al principio de diligencia por parte del sujeto
productor del daño, es decir, sin la intención de producir ese resultado.
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Código
Civil artículos del 1045 al 1048
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Contratos
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Es cuando dos o mas personas se ponen de acuerdo sobre
una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos. Los
contratos obligan, no solamente a lo que se expresa en ellos, sino a todas
las consecuencias que pueden considerarse que hubieren sido virtualmente
incluidas. El consentimiento debe manifestarse como emisión de una de las
partes y como aceptación de la otra y puede ser expreso o tácito.
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Código Civil artículos del 1007 al 1044
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Cuasi- Contratos
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Es
el hecho de una persona, permitido por la ley que obliga hacia otra, u obliga
a otra persona hacia ella, sin que se lleve a cabo convenciones entre ellas.
Se puede decir también, que es un hecho jurídico, licito y no convencional,
capaz de originar obligaciones a quien lo ejecuta, o a tercero ajeno a su
constitución. Cuando se hace referencia a que el cuasicontrato es voluntario,
se trata de distinguir el cuasicontrato de la ley como fuente de
obligaciones.
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Código
Civil artículos del 1007 al 1044
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Ley
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Un numeroso e importante grupo de autores, reducen
todas las fuentes de las obligaciones en una sola que es la ley. Albaladejo
sostiene que la ley no es nunca fuente de las
obligaciones, sino que es simplemente la que puede crear fuentes, al asignar
a los hechos el efecto de producir el nacimiento de ellas. Si se toma a la
ley como ordenamiento jurídico, se tiene que decir que todas las obligaciones
provienen de la ley, ya que todas emanan de ella y existe una regulación
legal para cada una en el Código Civil.
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Compañera Palmer,
ResponderEliminarEn cuanto a la Ley, como fuente de obligaciones, y específicamente a su fuente normativa, le comparto algunos ejemplos puntuales del ordenamiento que generan obligaciones:
§ Código de Familia.
§ Ley general de impuesto sobre las ventas.
§ Ley general de impuesto sobre la renta.
Buenas Noches compañera, me gustaría agregar a tu trabajo en la parte de ''LA LEY'' que como fuente normativa el mismo Código Civil menciona en el artículo 1:
ResponderEliminarFuentes Escritas
La Constitución
Los Tratados Internacionales debidamente aprobados, ratificados y publicados.
La ley: El Código Civil
Fuentes No Escritas
La Costumbre y sus usos
Los Principios Generales del Derecho
Creo que todos tenemos algo que comentar respecto a la ley, ya que sin ella no hay nada legitimo, es decir, la ley es fuente creadora de obligaciones per se, es de ella que van a salir sus ramas debidamente tipificadas. Cada rama, notese código civil, de familia, laboral, etc, va a tener no solamente su obligación descrita sino también su respectivo castigo.
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